INVITACIÓN A PRESENTAR EXPRESIONES DE INTERÉS FASE 2
A H1N1

Compensación Económica


Descargables:


Compensación Tarifaria

 

 

El Estado Ecuatoriano, otorgará una compensación económica a favor de los consumidores de energía eléctrica, RESIDENCIALES, COMERCIALES, PEQUEÑOS INDUSTRIALES E INDUSTRIALES ARTESANALES, debido a las afectaciones que estos abonados tuvieron a causa de la crisis energética, a través de un descuento directo en las facturas del consumo de energía eléctrica de los meses de febrero, marzo y abril 2010.

Esta compensación consiste en un descuento del 10% del valor de la factura por servicio eléctrico para los abonados RESIDENCIALES y del 20% del valor de la factura por servicio eléctrico para los abonados COMERCIALES, PEQUEÑOS INDUSTRIALES E INDUSTRIALES ARTESANALES.

La forma de aplicación de la compensación considera básicamente lo siguiente: el valor de las compensaciones se calculan con base a los consumos de los clientes en los meses de noviembre y diciembre de 2009 y los 14 primeros días del mes de enero de 2010 (donde efectivamente existieron racionamientos de energía) y serán descontados en las planillas del servicio eléctrico que se entregará a los clientes en los meses de febrero, marzo y abril de 2010 respectivamente.

ESTA COMPENSACIÓN NO ESTÁ SUJETA A NINGÚN TIPO DE RESTRICCIÓN, es decir, se aplicará a la totalidad de los clientes Residenciales, Comerciales, Pequeños Industriales e Industriales Artesanales, de acuerdo a lo establecido en el Decreto Ejecutivo, y NO EXISTE NINGÚN CONDICIONAMIENTO DE AHORRO POR PARTE DE LOS USUARIOS durante los meses en los que se presentó el déficit energético